Revelar el estado de deudas de un vecino a gritos, no vulnera la ley de protección de datos

La situación de morosidad de una comunidad es un tema muy sensible a la protección de datos, El caso ocurrido en una comunidad de Salamanca rompe esquemas.

La situación de impago de cuotas en una comunidad de propietarios es uno de los problemas más comunes y relevantes que pueden aparecer dentro del funcionamiento de esta, la falta de pago puede entorpecer el correcto funcionamiento del edificio y promover un mal clima entre los vecinos.

Muchos propietarios se encuentran en muchas ocasiones ante la pasividad del moroso en sí ante la atención de la deuda (descartados los morosos por necesidad) hay muchos de estos deudores que no atienden sus deudas simplemente por no querer hacerlo.

Hace algunos años, muchas comunidades optaron por publicar en zonas comunes el nombre de las personas que debían dinero a la comunidad para ver si de este modo, y a través del «escándalo público» algunos de ellos se animaban a atender dichas deudas. Pero, con la llegada de la adaptación sobre la ley de protección de datos el tratamiento de estos se volvió un tema peliagudo y se censuró este tipo de actuaciones por atentar contra la privacidad de los deudores.

Hace unas semanas ocurrió un caso muy curioso en Salamanca, en el que, en una comunidad de propietarios de un barrio céntrico la disputa entre la presidenta y la principal deudora de la comunidad llego a propiciar que la primera gritara desde el balcón la condición de morosa de la segunda.

La vecino deudora, no contenta con estas publicaciones de viva voz, denunció a la presidenta ante el juzgado de primera instancia de la ciudad alegando una violación sistemática de la ley de protección de datos instrumentada hacia su persona. Lo que, tras meses de litigio y apelaciones a desestimado la audiencia nacional por considerar que esta clase de comunicaciones informales no infringen en ningún caso la normativa de protección de datos.

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