¿Es obligatoria la instalación de rampas en edificios?

La accesibilidad universal a los edificios a través de una rampa ha adquirido una importancia notable en los últimos años. Algo que no es de extrañar, ya que se trata de un elemento que facilita la calidad de vida de aquellos con problemas de movilidad en su día a día.

No obstante, para que se pueda instalar esta clase de rampas, es necesario que se cumplan una serie de requisitos que se recogen en el Código Técnico de Edificación. A continuación, te damos todos los detalles:

¿Es obligatorio tener una rampa de acceso?

La realidad es que sí que es obligatorio tener una rampa de acceso en el portal del edificio una vez se reclame por parte de un vecino con discapacidad o mayor de 70 años. Además de esto, no es necesario ningún acuerdo previo en la junta de propietarios para que se lleve a cabo.

Por otro lado, la Ley de Propiedad Horizontal establece que tampoco es necesario residir en el edificio para pedir a la comunidad dichas obras. Esto es debido a que es suficiente con que se trabaje o se realice un voluntariado en la vivienda de las personas con dificultades. Por lo que un familiar podría hacerlo sin ningún tipo de problema.

¿Qué pasa si las obras son demasiado caras?

La comunidad de vecinos deberá realizar las obras de manera obligatoria para garantizar una mejor accesibilidad cuando la cantidad de la obra suponga hasta 12 mensualidades de la cuota habitual de cada vecino por gastos comunes. Para calcular este coste se le restarán las subvenciones o ayudas públicas que se puedan recibir.

Sin embargo, cuando las obras tengan un importe mayor a estas 12 mensualidades sí que se tendrá que realizar una votación. Si en la junta la mayoría de propietarios dan el visto bueno, todos deberán hacer frente a los gastos aunque hayan votado en contra.

En este último caso, otra opción válida sería que los vecinos pagaran su parte proporcional a las 12 mensualidades de las cuota y el resto fuera cubierto por la persona que necesita la adaptación de accesibilidad.

Normas que se deben cumplir para la instalación de una rampa

A la hora de llevar a cabo la instalación de la rampa, se deberán tener en cuenta las siguientes condiciones:

Las rampas tendrán una pendiente máxima del 12%. Las que sean de accesibilidad no podrán ser superiores al 10% cuando la longitud sea menor a 3 metros, y del 8% cuando sea menor de 6.

Siempre tiene que haber un espacio mínimo de 1.20 metros de largo antes y después de la rampa.

Se deberá de habilitar un ancho mínimo de 80 centímetros.

Es obligatorio poner un pasamanos en ambos lado de la rampa cuando tenga una pendiente superior al 6% y salve una altura de más de 18.5 centímetros.

El suelo tendrá que ser de material antideslizante.

¿De qué forma se comunica a la comunidad la petición de obras para la rampa?

La persona que necesite las reformas deberá dirigirse por escrito al presidente de la Comunidad. Además, es recomendable que dicho escrito se acompañe de un informe técnico para especificar las obras necesarias.

Una vez enviado, la comunidad de vecinos tendrás hasta 60 días para dar una respuesta al solicitante. En caso de que las partes no se pongan de acuerdo, siempre existirá la posibilidad de emprender acciones legales para intentar llegar a un consenso.

Plazo para realizar las obras

Actualmente la ley no especifica ningún plazo para hacer las obras. Por esto mismo, a pesar de su obligatoriedad, en ocasiones estas reformas nunca se llegan a realizar en el edificio. Si esto ocurriera, el retraso se podría denunciar ante un juzgado o ante los servicios de Urbanismo de la localidad o Comunidad Autónoma correspondiente.

Si te interesa obtener más información al respecto, puedes consultar las siguientes leyes que amparan este tipo de asuntos (Ley de Propiedad Horizontal, Real Decreto Legislativo 1/2013 o la Ley 8/2013 sobre Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas) o consultar directamente a un profesional del sector como es el administrador de fincas.

En Aresi tenemos más de 20 años de experiencia en el sector y un gran conocimiento sobre este tipo de asuntos. Además te ofrecemos todas las facilidades para gestionar las ayudas o subvenciones necesarias en tu comunidad. No lo dudes, somos accesibles y estamos dispuestos para todo lo relacionado con tu comunidad.

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