Nuevo en la comunidad de propietarios. Qué hacer

Si es la primera vez que te compras un piso y formas parte de una comunidad de propietarios, es probable que te invadan ciertas dudas respecto a tu papel dentro de tu edificio y cuál es el protocolo a seguir en los asuntos vecinales.

Aunque esto se vaya aprendiendo con el paso del tiempo, es importante que tengas unas primeras nociones sobre este tema para que te puedas integrar lo mejo posible dentro del entorno de tu edificio ( tus derechos, obligaciones, cargos…)

Es por eso que, a continuación, te dejamos un » primer manual» para los nuevos propietarios de un inmueble:

Bienvenido a la comunidad de propietarios

Una vez que por fin has adquirido tu nueva casa, es decir, tras haber llegado a un acuerdo con el vendedor y tener en tus manos las llaves de la vivienda, aún te quedan por delante algunos trámites por realizar. Si quieres disfrutar de tu nuevo inmueble sin preocupaciones, no te pierdas los detalles a tener en cuenta:

Impuestos a pagar

Cuando entregas la escritura pública de compra venta ante notario, tienes como máximo una media de 30 días hábiles o un mes ( dependiendo de la comunidad autonómica) para hacer el pago de impuestos. Si se trata de una venta que devenga IVA, tendrás que pagar, además de ese IVA, el 1 o 1,5% del precio indicado en concepto de Actos Jurídicos Documentados. Si, por el contrario, la casa es de segunda mano, deberás responder ante el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales ( del 6 al 10% del precio de la vivienda).

Registro de la Propiedad

El siguiente paso, por tanto, será inscribir tu casa en el Registro de la Propiedad. Para esto, deberás presentar toda la documentación necesaria que has estado recopilando hasta ese momento ( escritura de compra venta y justificante de pago de los impuestos).

Esto no es obligatorio, pero sí que se recomienda para garantizar la constancia del inmueble como propiedad de forma legal. Hecho que puede ser gran ayuda para futuras complicaciones, también en tu comunidad de vecinos.

Informa del cambio de titular

Asimismo, es obligatorio informar del cambio de titular de la vivienda a la comunidad de vecinos. De esta forma, se evitará que el antiguo propietario cargue con las deudas de gastos comunes. En los estatutos se especifica que será el vendedor quien tenga la obligación de otorgar dicha información.Sin embargo, es muy importante comprobar que el cambio de dicha titularidad se ha realizado con éxito, evitándonos posibles problemas y conflictos más adelante.

Presentarse a tu comunidad

Finalmente, es también bastante recomendable presentarte a tu nueva comunidad de vecinos y conocer a todos los integrantes que se encuentren en representación legal o cargos de la misma ( presidente, secretario, administrador de fincas, vicepresidente…) Es una buena forma de saber a quien dirigirnos en según qué casos a lo largo de la futura convivencia.

Además, también podemos aprovechar para ponernos al día en los asuntos de la comunidad ( última resolución de la junta, horarios de limpieza, normas a cumplir…)

Estatutos en la Comunidad

Ser propietario no es solo cuestión de poseer una vivienda, también incluye una serie de derechos y obligaciones que debes conocer para poder formar parte de tu comunidad de forma pro activa. Para ello, es oportuno consultar los estatutos de la comunidad. Es decir, los documentos que recogen la responsabilidades y privilegios de los dueños de la vivienda, así como locales comerciable de un inmueble.

Estos varían, dependiendo del edificio, ya que es redactado y aceptado de mutuo acuerdo entre los integrantes propietarios. Asimismo, no todas las comunidades cuenta con uno, puesto que no es obligatorio. Aún así, de forma general, los principios esenciales suelen ser los siguientes:

Mis derechos

Asistir a las juntas, realizar propuestas en ella y votar siempre que estés al corriente de pago.

Estar informado del estado contable y del general funcionamiento de la comunidad.

Ser partícipe de la elaboración o modificación de los estatutos o normas comunitarias.

Realizar obras en la propiedad siempre y cuando no afecten a la seguridad del edificio y se contemple esta posibilidad en el documento de escritura de obra nueva.

Elegir y ser elegido como presidente de la comunidad.

Ser copropietario de los elementos comunes del edificio.

Mis obligaciones

Respetar las instalaciones generales.

Mantener un estado óptimo en mi propiedad para no perjudicar a la comunidad.

Contribuir a los gastos comunes con una participación fija (las cuotas) y a las aportaciones para gastos extraordinarios ( las derramas).

Permitir reparaciones en la vivienda para la arreglar problemas en otros pisos o en la comunidad.

Informar al secretario o administrador de fincas sobre el domicilio a efecto de notificaciones.

Un buen administrador de fincas

Por último, no olvides que tu administrador de fincas se encuentra a tu disposición para cualquier duda o asunto relacionado con el funcionamiento de tu comunidad.

Un buen gestor engloba los papeles de secretario y asistente del presidente de la comunidad. Siendo una figura muy polifacética y ofreciendo una serie de servicios de manera integral. Cualquier profesional de fincas que se aprecie, deberá cumplir con las siguientes funciones:

– Velar por el buen funcionamiento de la comunidad, sus instalaciones y servicios haciéndole saber a los propietarios los estados deficientes.

– Convocar, preparar y presidir la junta junto al presidente, presentado los gastos previsible y ofreciendo soluciones alternativas de ahorro.

– Gestión de incidencias y cambios en suministros que sean necesarios.

– Ejecutar los acuerdos estipulados en las juntas y efectuar los pagos o cobros que sean pertinentes.

– Cumplir con las obligaciones del secretario y custodiar los documentos de la comunidad.

– Hacer de mediador entre los vecinos ante problemas de convivencia y legales.

Es decir, se encarga de todo lo necesario para que nuestra comunidad funcione. Por lo que no dudes en contar con él en tu nuevo etapa como propietario.

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