Perros PPP: ¿Son un peligro en la comunidad?

Los PPP (perros potencialmente peligrosos) así como, los demás animales domésticos en la comunidad no tienen por qué ser un peligro siempre y cuando se cumplan unas normas. Te contamos cuáles.

Tener mascotas es algo muy común y éstas en principio, no deberían causar ningún perjuicio a los vecinos pero, ¿Qué pasa en los casos en los que estos animales causan molestias?

Los animales en función del cuidado y responsabilidad de sus dueños pueden ser un vecino más o causar molestias: ladridos a horas no convenientes, suciedad, e incluso en el caso de perros peligrosos, accidentes.

Normativa animales domésticos

Tener animales en casa puede ser muy gratificante, pero siempre tenemos que tener en cuenta que vivimos en una comunidad de propietarios y nuestro animal es responsabilidad nuestra. Está claro que, en función del tipo de mascota el riesgo a molestar a los vecinos será menor ya que, hay animales que no son ruidosos ni suponen ningún peligro para la integridad física de otros habitantes y sin embargo, otros si.

Una comunidad de propietarios no puede prohibir la tenencia de mascotas a ningún vecino, lo cual significa que si eres respetuoso con las normas y los estatutos no hay problema.

El único caso en el que se puede prohibir la tenencia de mascotas, es en el de alquiler, ya que el propietario puede prohibir esta tenencia de forma explícita en un contrato regulado.

¿Cuándo puede prohibirse la tenencia de un animal doméstico?

En principio solo puede prohibirse la tenencia de animales por sentencia firme de un juez tras un caso flagrante de vulneración de la ley de propiedad horizontal.

Por lo que, si tienes mascotas que no hacen ruido, cumples con las normas básicas de higiene en las zonas comunes y no tendría que haber ningún problema. 

Siempre es importante tener en cuenta, que, además del cumplimiento de las normas básicas de convivencia del edificio tu mascota deberá cumplir con las normas médicas y los calendarios de vacunación pertinentes en función de su especie y raza, ya que, aunque no sean motivos para la prohibición de la tenencia por parte de la comunidad puede suponer un peligro para la salud pública. 

Ley de propiedad horizontal en referencia  a los animales domésticos

La tenencia de animales domésticos está recogida en el artículo 7 de la ley de propiedad horizontal que establece lo siguiente:

1. No se permite a los propietarios desarrollar en sus pisos, locales o inmuebles realizar actividades prohibidas en los estatutos, dañinas , ilícitas molestas o insalubres.

Por lo que, si tienes a tu mascota en malas condiciones de higiene, ladra durante todo el día o desmejora zonas comunes es posible que los vecinos denuncien estos hechos y un juez podría obligarte a desprenderte del animal.

2.El presidente de la comunidad por propia voluntad o a petición de otros, puede requerir el cese de este tipo de actividades. 

Si existen problemas en la comunidad y se denuncian, esta denuncia será justificante de la intención de dolo si se continúa con las molestias en un posible juicio.

3.Si se persisten en las actividades, la comunidad podrá acudir a juicio ordinario.

Aunque la ley no hace una mención concreta a la tenencia explícita de mascotas si regula los hechos derivados de su tenencia, es decir que, aunque no especifica tipos de animales y hechos legislativos su se tiene una conducta molesta o nociva, derivada de animales domésticos, la ley ampara al bienestar común.

Perros potencialmente peligrosos (PPP)

Los perros potencialmente peligrosos son aquellos que pertenecen a razas establecidas en el real decreto 287/2002 como un peligro potencial:

Pit bull terrier, Staffordshiere bull terrier, American staffordshire terrier, Rottweiler, Dogo argentino, Fila Brasileiro,Tosa inu, Akita inu y otras razas menos populares.

Este decreto cataloga a los perros de esta forma en función de una serie de características: 

  • Fuerte musculatura, gran mandíbula, tamaño, configuración atlética, vigor y resistencia.
  • Carácter fuerte e imprevisible
  • Pelo corto
  • Perímetro torácico entre 60 y 80 centímetros
  • Altura en cruz entre 50 y 70 centímetros
  • Peso superior a 20kg 
  • Cabeza voluminosa con mandíbulas fuertes y grandes.

Para tener cualquiera de estos perros es necesario que el propietario saque una licencia y suscriba un seguro de responsabilidad civil de animales peligrosos.

Para sacar la licencia el propietario deberá ser mayor de edad, no haber sido juzgado por delitos de fuerza, no haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves, disponer de capacidad física y aptitud psicológica para tener este tipo de animal de compañía.

Qué puede hacer una comunidad frente a mascotas molestas o peligrosas

Aunque la comunidad no pueda prohibir la tenencia de mascotas, si puede limitar su acceso a las zonas comunes como patios o ascensores, de esta manera se puede evitar el contacto con niños pequeños y animales peligrosos y la suciedad en zonas cuidadas.

Hay que tener en cuenta que, aunque estos animales y en particular los peligrosos tengan una buena educación y puedan resultar inofensivos, los niños pueden perturbar su estado o hacer que se sientan amenazados por no entender la naturaleza animal de estos por lo que, tanto dueño como padre/madre deben llevar un especial cuidado para la convivencia en armonía.

El dueño es el principal responsable del animal

Ante cualquier circunstancia toda la responsabilidad de los actos cometidos por el animal, siempre va a recaer sobre el dueño. Por esto mismo, es muy importante educar bien al animal para que no haga sus necesidades en zonas que no debe hacerlas o para que sepa comportarse correctamente en sociedad y con otros animales.

Hay que entender, que tanto la persona que tiene mascota como la persona que no quiere vivir con las consecuencias que producen los animales tienen el mismo derecho.

Así que, si queremos tener mascotas en la comunidad, tendremos que invertir tiempo en su educación, para que no suceda ningún problema y nuestra convivencia no se vea afectada por su existencia. 

En cualquier caso, lo más importante si como propietario tenemos problemas con algún animal del edificio es avisar de forma inmediata al presidente o al administrador de la comunidad para que puedan resolver el problema y mediar entre las partes.

 

 

 

 

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