En la mayoría de casos una hipoteca es la única opción para poder comprar una casa. Por ello una de las dudas más frecuentes es la obligatoriedad de un seguro de vida para llevarla a cabo, al suscribirla con una entidad bancaria.
En realidad, es bastante aconsejable su contratación, no obstante, la ley no te obliga a ello en consecuencia. Aún así las entidades financieras sí que lo exigen como requisito para emitir el préstamo. A continuación, te lo contamos todo al respecto.
¿Cuál es la cobertura de un seguro de vida?
La finalidad principal del seguro de vida junto a una hipoteca es la de garantizar el pago de la deuda en caso de incapacidad o fallecimiento del titular. Por tanto, si no se tiene contratado, la deuda pasaría a sus herederos.
En caso de que se cuente con ella, tras la muerte o incapacidad del titular, la aseguradora indemnizaría al banco con la cantidad que quedase pendiente.
Es muy importante diferenciar entre el seguro de vida vinculado a la hipoteca y el seguro de vida ordinario. En la primera opción el beneficiario sería el banco y en el segundo una persona escogida por el titular.
Tipos de seguros de vida vinculados a una hipoteca
Podemos encontrar de dos clases:
El seguro de vida hipotecario con un capital asegurado constante. Es decir, con una cantidad invariable al pasar de los años. Si en el momento del pago de la aseguradora existe dinero sobrante, la cantidad sería destinada a un beneficiario asignado.
El seguro de vida vinculado a un capital en decreciente. Lo que quiere decir que la cantidad va variando según el capital pendiente de cubrir, dependiendo del interés existente.
¿Se obliga el seguro de vida en el préstamo hipotecario?
Como ya hemos comentado anteriormente, la ley no obliga contratar ningún seguro para la adquisición de una hipoteca. Aún así sí que es cierto que muchas entidades bancarias exigen el seguro de vida para que te la concedan.
Cuando bajaron los tipos de interés, los bancos buscaron aumentar los beneficios a través de varios productos añadidos en las hipotecas. Por ejemplo, los planes de pensiones, seguros de hogar y, sobre todo, los seguros de vida. Por tanto, todos ellos eran necesarios y su contratación debía ser con la propia entidad.
Es por esta razón que este tipo de seguros eran una práctica obligatoria la mayoría de veces. Siendo sus condiciones bastante menos ventajosas que las que proporciona una entidad ajena al banco.
Por suerte, la nueva Ley Hipotecaria ( LCI 5/2019) puso fin a esta costumbre de obligatoriedad a través de su prohibición. Su propósito es bien claro: hacer más transparente y justa la concesión de hipotecas.
¿Se aconseja contratar un seguro de vida con la hipoteca?
Lo más aconsejable es siempre valorar varias opciones, teniendo en cuenta las ofertas y servicios alternativos a los que nuestro banco nos ofrezca. No olvides que siempre tienes la opción de contrastar precios y coberturas del mercado para escoger aquella que más te convenga.
De esta manera en el momento del fallecimiento o posible invalidez , tus allegados estarían totalmente protegidos y les garantizaría cierta liquidez o estabilidad económica. Además, puede ser una oportunidad ventajosa para amortizar el préstamo en las situaciones ya mencionadas.
Como conclusión, lo mejor es estar bien informados, conocer de forma exhaustiva la legislación y leer todas las condiciones.
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