Poner un ascensor en casa: ¿Qué precio tiene?

Poner ascensor en la comunidad o una vivienda unifamiliar puede suponer una gran inversión en el precio de la vivienda. Pero, ¿Cuánto puede valer más o menos? A continuación te contamos todo lo que necesitas saber al respecto.

Instalación de un ascensor en mi comunidad

La instalación de un ascensor es una de las obras más populares cuando se trata de comunidades de propietarios. Los motivos por los que instalar un ascensor pueden ser varios: personas con movilidad reducida, mejorar la accesibilidad a las viviendas o simplemente como una inversión que aumentará el valor de las mismas en el futuro.

A nivel general, suele ser una obra bastante elevada puesto que, muchas veces el problema es el hueco en el que colocar la máquina (muchas comunidades no disponen de espacio suficiente) y no tanto el coste de la maquinaria o la mano de obra.

¿Dónde colocar el ascensor?

Para colocar un ascensor en un edificio tenemos varias opciones:

Hueco de la escalera.-

El hueco de la escalera es la opción más sencilla y económica para la instalación de un ascensor, incluso si hay que recortar un poco las escaleras para dar espacio al ascensor, es una de las soluciones que más flexibilidad permiten a la hora de realizar la obra. Para saber si cabe un ascensor o no en el hueco de la escalera, tenemos que tener en cuenta que las medidas mínimas son 1 metro de ancho por 1,25 metros de fondo. 

Patio de luces.-

Otra de las opciones, consiste directamente en construir el hueco del ascensor ocupando parte del patio luces. En este caso, es necesario tapar las ventanas que den al patio y construir los accesos oportunas para colocar las puertas del ascensor. Suele ocurrir, que por la naturaleza o forma del edificio la puerta principal del ascensor quede en una entreplanta y haya que colocar algunas escaleras para acceder a él, con lo que no resolvería en su totalidad los problemas de accesibilidad.

En el exterior del edificio.- 

Si no tenemos opción de construirlo en el hueco de las escaleras, y tampoco disponemos de patios de luces o incluso teniendo este tipo de patio, es inviable su construcción, otra de las opciones es construirlo en algún hueco de la fachada. En este caso, lo único que tenemos que tener en cuenta, es que bajo ningún concepto esta construcción vulnere la ley 8/2013 de rehabilitaciones urbanas. 

Preguntas frecuentes sobre la instalación de un ascensor en la comunidad

Si has decidido instalar un ascensor o al menos proponerlo en tu comunidad, estas son algunas de las preguntas más frecuentes que pueden venirte a la cabeza:

1.-¿Cómo es el proceso de instalación de un ascensor?

Lo primero que necesitamos para plantear en firme la instalación de un ascensor, como es lógico, es la aprobación de los vecinos. En este caso deberemos tener mayoría de votos y coeficientes para sacar la propuesta adelante. Para conseguir la aprobación, siempre es interesante contar con tres presupuestos diferentes para poder aprobar el gasto más ajustado o que más se adapte a nuestra idea de reforma.

Una vez aprobada la derrama, todos los vecinos deberán abonar las cuotas correspondientes a la misma independientemente de si se han opuesto o no a la medida. Independientemente de la altura del piso, todos están obligados por ley a satisfacer las cuotas pertinentes.

2.- ¿Si soy propietario de un bajo o un local también tengo que pagar la derrama?

Por norma general y en ausencia de cláusulas específicas de exoneración de obligaciones de pago y mantenimiento, todos los propietarios deben abonar las costas de la derrama para la implantación de un ascensor si la medida ha sido aprobada por mayoría ya que supone una mejora del edificio y un beneficio común.

3.-¿Puede un solo propietario obligar al resto a instalar un ascensor?

La instalación de un ascensor en la comunidad puede llegar a tener carácter obligatorio siempre y cuando lo solicite un vecino que cumpla con alguno de los siguientes requisitos:

  • Ser propietario de alguna vivienda dentro de la comunidad y tener una discapacidad que necesite de un entorno accesible para llevar una vida normal o ser mayor de 70 años.
  • Que en su vivienda, vivan personas de más de 70 años o con una discapacidad.
  • Que los gastos de instalación sean inferiores a un año de comunidad.

3.- ¿Cada cuánto deben hacerse las revisiones y mantenimientos de los ascensores?

Los plazos de revisión varían en función del edificio y del tipo de ascensor que hayamos instalado, siendo estos los siguientes:

  • Ascensores de edificios industriales: revisión cada 2 años.
  • Ascensores en lugares públicos: revisión cada 2 años.
  • Ascensores en edificios que tienen más de 4 alturas: revisión cada 4 años.
  • Ascensores en viviendas unifamiliares: revisión 3 veces al año.
  • Demás ascensores: revisión cada 6 años.

Precios de instalación de los ascensores

El precio de colocación de un ascensor puede variar mucho en función de las características del edificio, de dónde lo coloquemos, de cómo sean los materiales que utilizamos o los acabados que buscamos. Tanto es así, que los precios pueden rondar desde los 12.000€ hasta más de 120.000€

Lo que si es importante tener en cuenta para ajustar el presupuesto lo máximo posible es buscar la zona que menos trabajo suponga para la instalación, además de los materiales más sencillos y que más se adapten a nuestras necesidades y por supuesto, las ayudas que podemos solicitar.

Ayudas para la instalación de un ascensor en la comunidad

Actualmente existen algunas ayudas y subvenciones incluidas en el plan estatal de vivienda 2018-2021 que se pueden solicitar siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que el edificio sea anterior a 1981.
  • Que el 70% de su superficie esté construida sobre plano y tenga uso residencial. 
  • Que al menos el 70% de las viviendas se destinen al uso de sus propietarios o arrendatarios.

Estas ayudas, nunca podrán superar el 35% del coste si se trata de una rehabilitación o el 50% del mismo si la finalidad de la obra es la mejora de la accesibilidad del edificio. 

También pueden recibir este tipo de subvenciones otros sistemas de elevación como pueden ser por ejemplo las sillas salvaescaleras, rampas, etc.

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