Presidente de la comunidad: antes y ahora

La gran mayoría de los propietarios, sienten cierto rechazo o incertidumbre a la hora de ser nombrados presidentes de la comunidad. Sin embargo, otros vecinos consideran la presidencia como una oportunidad para realizar acciones de mejora en  la finca y la convivencia.

Sea como sea, está claro que llevar este cargo durante 1 año puede suponer, en ocasiones, mucha responsabilidad para una sola persona. Por suerte, con el paso del tiempo el presidente ha podido delegar parte de su trabajo a profesionales de la administración de fincas.

Por eso, sería interesante derribar el mito negativo que envuelve a la figura del presidente hoy en día. Te mostramos las diferencias entre el antes y el ahora para que lo puedas comprobar tú mismo:

La figura del presidente de siempre

Tal y como indica el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal “ El Presidente es un copropietario que ostenta legalmente la representación de la Comunidad, en juicio y fuera de él”. Dicho esto, se concluye que sus funciones sin ayudas externas han sido siempre las siguientes: 

Funciones de secretario y administrador 

Esto quiere decir que, debe encargarse de preparar y envíar las convocatorias de la juntas, asistir a ellas y tener la obligación de firmarlas y redactar el acta. Si algún propietario no puede asistir a alguna reunión, también tendría  la obligación de recoger sus votos y ejercerlos. 

Entre sus otras funciones, se incluirían la contabilidad, las modificaciones de titularidad de las viviendas, certificar los acuerdos de las juntas o redactar y emitir los comunicados de la comunidad. En definitiva, todo lo que tenga que ver con los trámites necesarios a realizar.

Demandar el cese de actividades molestas

En caso de que alguno de los vecinos realice actividades molestas (daños, ruidos, invasión de las zonas comunes…), se encargará de requerir el cese de las mismas a través de los procesos judiciales pertinentes en cada caso.

Por otro lado, deberá hacer de mediador en los conflictos intracomunitarios o entre la comunidad y un tercero que los mismos pudieran causar.

Contratación de servicios

El presidente normalmente era responsable también de hacer una búsqueda exhaustiva de contactos para el servicio de instalaciones o mantenimientos (limpieza, conserjería, jardinería, ascensores, cerrajería…). Así como de firmar los contratos y cerrar las cláusulas, incluso en servicios de carácter urgente (averías o incidencias)

Exigir el pago de deudas

En su cometido, está el de visar el certificado del estado de deudas. Si existen vecinos morosos, será él quien tenga que exigir judicialmente el pago de todas ellas. O, por otra parte, dar el visto bueno a todas las notificaciones o comunicados dirigidas al deudor.

El presidente de hoy en día

Aunque técnicamente las gestiones nombradas anteriormente sigan siendo competencia del presidente, la mayoría de veces se apoya en un administrador de fincas que ejerza de secretario y asistente al mismo tiempo

Asistencia polifacética

El gestor tiene capacidades muy amplias, ayudándo en gran parte a las funciones comunitarias. De esta forma, el presidente tan solo tiene que preocuparse de comunicar, representar, supervisar o firmar las gestiones de la comunidad generalmente. El resto del trabajo lo hace su administrador:

Gestión de actividades burocráticas

Gestión de firma electrónica

Reclamaciones de deudas

Gestión de la ley de protección de datos

Servicios de ahorro energético y de suministros 

Coordinación de los servicios 

Actividades de secretariado

Además, tiene a su disposición un equipo de profesionales expertos en los asuntos de su edificio para darle asesoría legal o rutinaria.

La importancia de un administrador colegiado

Por tanto, se concluye que un administrador de fincas colegiado, supone un ahorro de tiempo para la comunidad y la seguridad de un trabajo eficiente. Siendo el mejor aliado que una junta de gobierno pueda tener.

La importancia de escoger un servicio colegiado reside en las ventajas que se derivan a los profesionales adscritos al colegio de administradores de fincas. Como, por ejemplo, un seguro de responsabilidad civil o de caución.

De esta forma, tu comunidad estará cubierta de una mala práxis o actividad ilícita por parte de sus integrantes. Por lo que supone la mejor de las soluciones.

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